Con 27 votos favor, 14 en contra y 2 abstenciones, el Senado aprobó el informe de la comisión mixta sobre el proyecto de Ley «Antinarcos» que mejora la persecución del narcotráfico y el crimen organizado.

Ahora, la iniciativa vuelve a la Cámara de Diputadas y Diputados, para que se comunique su aprobación al Ejecutivo y se proceda a su promulgación como Ley de la República.

Uno de los elementos más celebrados el la indicación al artículo 8 de la Ley 20.000 que establece la descriminalización del cultivo de cannabis con fines medicinales para usuarios que posean una receta médica.

Diego Cruz, médico y director de Fundación Daya sostuvo:

Es muy importante. Esto protege a muchas personas, usuarios, que accederán a su tratamiento para el autocultivo. Esto regula el mercado, defiende el uso tradicional, una indicación médica y da seguridad a pacientes que ya están usando de manera segura este tratamiento y con una receta médica. Un gran paso se ha dado.

La normativa en general sanciona a quien administre a alguna persona, sustancias ilícitas sin su consentimiento.

Las penas, en este caso, pueden llegar a presidio mayor en sus grados mínimo a medio (5 años y un día a 15 años) si se usa violencia o intimidación para administrar u obligar el consumo.

Asimismo, se castiga a quien suministre a menores de 18 años productos que contengan solventes o gases inhalantes capaces de provocar daños a la salud o dependencia física o psíquica.

Para ellos, la pena va desde los 3 años y un día a 10 años, más multas de 80 a 400 UTM (entre 5 a 25 millones aproximadamente).

También, se entenderá justificado el cultivo de cannabis para la atención de un tratamiento médico. Ello, con la presentación de una receta médica extendida por un médico cirujano tratante.

Dicho documento debe indicar el diagnóstico de la enfermedad, su tratamiento y duración. Junto a esto, referirse a la forma de administración, la que no podrá ser mediante combustión.

La norma también sanciona con pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) a quien use recetas falsas para justificar el cultivo de cannabis. La pena aumentará en un grado en caso de comercialización de la droga o facilitación a un tercero.

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